{"id":1150,"date":"2022-03-31T16:16:26","date_gmt":"2022-03-31T19:16:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.granlogiaregularargentina.org\/glra\/?page_id=1150"},"modified":"2023-09-20T17:51:29","modified_gmt":"2023-09-20T20:51:29","slug":"estatuto-sc33","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.granlogiaregularargentina.org\/glra\/estatuto-sc33\/","title":{"rendered":"Estatuto SC33"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Universi Terrarum Orbis Architectonis Ad Gloriam Ingentis<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Supremo Consejo Grado 33\u00b0 del R:. E:. A:. A:. para la Rep\u00fablica Argentina<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Magno Colegio de Ritos Francmas\u00f3nicos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Alianza Mas\u00f3nica de la Rep\u00fablica Argentina<\/strong><\/p>\n\n\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>FUNDADO EN MARZO 12 DEL A<\/strong><strong>\u00d1<\/strong><strong>O 2022 (e:. v:.)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>ESTATUTOS&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>DEL SUPREMO CONSEJO GRADO 33\u00ba DEL RITO ESCOCES ANTIGUO Y ACEPTADO PARA EL ESTADO PARA LA REP\u00daBLICA ARGENTINA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Universi Terrarum Orbis Architectonis Ad Gloriam Ingentis<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">(U\u2234T\u2234O\u2234A\u2234A\u2234G\u2234I\u2234)&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">RITO ESCOCES ANTIGUO Y ACEPTADO&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ORDO AB CHAO&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>S<\/strong><strong>ALUD<\/strong><strong>, E<\/strong><strong>STABILIDAD Y <\/strong><strong>P<\/strong><strong>ODER&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>TITULO PRIMERO<\/strong><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Denominaci\u00f3n, \u00e1mbito, domicilio y r\u00e9gimen jur\u00eddico&nbsp;<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Articulo 1<\/strong>. El <strong>Supremo Consejo Grado 33\u00b0 del R:. E:. A:. A:. para la Rep\u00fablica Argentina<\/strong>, se constituy\u00f3 el 12 de marzo de 2020, con la aprobaci\u00f3n un\u00e1nime&nbsp; de sus miembros fundadores con sus nombres simb\u00f3licos: I.\u00b7. P.\u00b7. H.\u00b7. Richard Da Silva 33\u00ba; I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. J.J. Castelli 33\u00ba; I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Antonio Soto 33\u00ba; I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Nicol\u00e1s Maquiavelo 33\u00ba; I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7.: Jos\u00e9 Gabriel Condorcanqui 33\u00ba; I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7.: Ceferino Piarantoni 33\u00ba; I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Francisco de Miranda 33\u00ba; I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Elfiates de Atenas 33\u00ba; y el&nbsp; I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7.&nbsp; Frants\u2019isko de Miranda 33\u00ba, bajo el auspicio del Soberano Gran Comendador, M:. I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Eduardo Daniel P\u00e9rez del Supremo Consejo Tradicional del Grado 33\u00ba del Paraguay para el R:. E:. A:. A:. , que otorga C:. P:. para constituir \u00e9ste Supremo Consejo. A su vez, recibe los auspicios del Magno Colegio de Ritos Francmas\u00f3nicos y Miembro Fundador de la Alianza Mas\u00f3nica de la Rep\u00fablica Argentina, siendo reconocido por diversos Supremos Consejos del Mundo, cuyos Tratados se reconocen y aceptan en \u00e9ste Estatuto.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 2.<\/strong> 1) El Supremo Consejo desarrollar\u00e1 sus actividades en toda la Rep\u00fablica Argentina y su duraci\u00f3n es indefinida; habiendo fijado la sede de sus Trabajos en la ciudad de Buenos Aires, en la direcci\u00f3n Bouchard 644.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&nbsp;2) El Supremo Consejo por su \u00e1mbito territorial, podr\u00e1 tener Logias Capitulares en las &nbsp; Ciudades Capitales que as\u00ed lo requieran.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&nbsp;3) La fijaci\u00f3n de la sede Principal o su direcci\u00f3n podr\u00e1 ser modificada por acuerdo del&nbsp; Supremo Consejo sin necesidad de modificar sus Estatutos, solamente requerir\u00e1 el &nbsp; cumplimiento administrativo de su comunicaci\u00f3n a los grados que conforman este &nbsp; Supremo Consejo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 3<\/strong>. El Supremo Consejo se regir\u00e1 por los presentes Estatutos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>TITULO SEGUNDO<\/strong><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Objeto y fines&nbsp;<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 4<\/strong>. La Francmasoner\u00eda es una instituci\u00f3n que asocia fraternalmente sin&nbsp; distinci\u00f3n de opini\u00f3n filos\u00f3fica o religiosa, etnia, naci\u00f3n o rango social, personas de las&nbsp; que conoce la sinceridad, madurez, firmeza y dignidad, ya que las une en una&nbsp; comunidad de afecto, acci\u00f3n e ideal.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 5<\/strong>. Su objetivo, a trav\u00e9s del m\u00e9todo inici\u00e1tico y el lenguaje simb\u00f3lico que le son&nbsp; propios, es mejorar a sus adeptos, hacerlos m\u00e1s ilustrados, razonables y fuertes,&nbsp; incitarlos a la investigaci\u00f3n mas\u00f3nica e inspirarles la voluntad de trabajar, juntos e&nbsp; individualmente, por la liberaci\u00f3n, el progreso y la felicidad de los seres humanos. Sin&nbsp; exponer ni invocar dogma alguno, forma as\u00ed una sociedad escogida de seres probos y&nbsp; libres que, ligados por sentimientos de tolerancia, igualdad, justicia y rec\u00edproca amistad,&nbsp; ejercen el altruismo y la beneficencia en el sentido m\u00e1s amplio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 6<\/strong>. El Supremo Consejo, desde la perspectiva francmas\u00f3nica, pr\u00e1ctica el&nbsp; denominado Rito Escoc\u00e9s, Antiguo y Aceptado (Rito Escocista), heredero de las&nbsp; tradiciones mas\u00f3nicas de las que guarda sus principios; participando as\u00ed de la naturaleza y del car\u00e1cter esencial de dicha instituci\u00f3n, en raz\u00f3n de su contribuci\u00f3n a la&nbsp; evoluci\u00f3n del pensamiento y especialmente a la idea de que un ser honesto s\u00f3lo debe&nbsp; aceptar lo que su conciencia pueda admitir. Libros Sagrados, las nociones sobre el Gran&nbsp; Arquitecto del Universo y la inmortalidad del Alma, as\u00ed como todo libro, objeto o&nbsp; instrumento que eventualmente utilicen los Talleres, no puede dar lugar a exigencias&nbsp; dogm\u00e1ticas de ning\u00fan tipo. Nada, y en particular ning\u00fan juramento o promesa, pueden ser&nbsp; susceptibles de implicar exigencia dogm\u00e1tica alguna.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 7<\/strong>. El Supremo Consejo, como la Francmasoner\u00eda en general, se orienta pues&nbsp; por los principios de la \u00c9tica y de la Filosof\u00eda, rigi\u00e9ndose desde la perspectiva mas\u00f3nica&nbsp; por sus antiguos usos y costumbres y por las Grandes Constituciones de 1786,&nbsp; revisadas por el Convento Universal de Supremos Consejos en 1875, siendo su&nbsp; principio esencial el de la tolerancia, y no siendo \u00f3rgano ni portavoz de ninguna&nbsp; tendencia social, pol\u00edtica o religiosa determinada, exigiendo respeto en las deliberaciones y observaci\u00f3n de pluralidad en las decisiones.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 8<\/strong>. El Rito Escoc\u00e9s Antiguo y Aceptado comprende 33 grados cuyas denominaciones se sustentan en las leyendas, filosof\u00eda y ritual\u00edstica que determinen los reglamentos internos seg\u00fan los usos y&nbsp; costumbres del Rito, objetivos del El Supremo Consejo Grado 33\u00ba del R:. E:. A:. A:. para la Rep\u00fablica Argentina y lineamientos del Consejo Inici\u00e1tico Superior.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 9. <\/strong>El Supremo Consejo Grado 33\u00ba del R:. E:. A:. A:. para la Rep\u00fablica Argentina bajo los siguientes objetivos:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Objetivos exot\u00e9ricos del grado 33\u00b0:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Defender la justicia y el derecho.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Trabajar por el logro universal de los Derechos Humanos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Mantener la uni\u00f3n y la fraternidad entre todos los hombres en general y los masones en particular.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Promover la tolerancia religiosa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Combatir toda forma de tiran\u00eda y despotismo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Fomentar la educaci\u00f3n y la difusi\u00f3n del conocimiento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Promover la libertad, tanto en forma individual, impidiendo que el Estado sofoque la libre expresi\u00f3n de las ideas, como en forma general, sosteniendo el derecho de cada Estado o Naci\u00f3n a la soberan\u00eda y la libre utilizaci\u00f3n de sus recursos<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Objetivos esot\u00e9ricos del grado 33\u00b0<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Conservar la regularidad en el trabajo de los todos los grados y, especialmente, en los de la Masoner\u00eda Sublime.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Preservar el contenido esot\u00e9rico de las tradiciones de la Orden.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Acceder al logro pleno y completo de la gnosis.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Difundir la gnosis y la Iluminaci\u00f3n en todos los niveles del Rito.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Alcanzar una vislumbre de la Corona cabal\u00edstica (Kether).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u2022 Preservar la egr\u00e9gora del Rito, sirviendo de fuente m\u00edstica para vivificar todos sus grados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>TITULO TERCERO<\/strong><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>De los miembros del Supremo Consejo&nbsp;<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 10<\/strong>. 1) El Supremo Consejo, dentro del Rito Escocista al que se acoge, pr\u00e1ctica&nbsp; los 30 grados que siguen a los de Aprendiz, Compa\u00f1ero y Maestro otorgados estos por&nbsp; las denominadas Logias Simb\u00f3licas, Azules o tambi\u00e9n denominadas de San Juan.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) Para ser miembro del Supremo Consejo del Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina ser\u00e1 condici\u00f3n \u00absine qua non\u00bb hallarse investido de cualquier grado mas\u00f3nico\u00a0 comprendido entre el 4 y el 33\u00ba, los cuales son otorgados exclusivamente por los\u00a0 \u00f3rganos del Supremo Consejo en aplicaci\u00f3n de sus Estatutos y Reglamentos internos.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) \u00d3rdenes Masonicas como:Grandes Logias; Grandes Orientes y otros cuerpos que importan grados Simb\u00f3licos podr\u00e1n adherir bajo Tratado al presente Supremo Consejo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 11<\/strong>. La calidad de miembro del Supremo Consejo se podr\u00e1 perder por: a) Baja&nbsp; voluntaria; b) Baja forzosa en el caso de impago de las cuotas cuando \u00e9stas excedan de&nbsp; un a\u00f1o; c) Baja por falta muy grave apreciada seg\u00fan se disponga en los reglamentos&nbsp; internos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 12<\/strong>. Los miembros del Supremo Consejo gozan de los derechos de: a) Asistir&nbsp; con voz y voto a las reuniones de los \u00f3rganos del Supremo Consejo de conformidad con&nbsp; los presentes estatutos y, en su caso, con los reglamentos internos; b) intervenir y&nbsp; participar en las reuniones y actividades del Supremo Consejo de conformidad con los&nbsp; presentes Estatutos y, en su caso, con los reglamentos internos; c) Ser elector y elegible&nbsp; para toda clase de cargos y mandatos del Supremo Consejo de conformidad con los&nbsp; presentes Estatutos y, en su caso, con los Reglamentos Internos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 13<\/strong>. Los miembros del Supremo Consejo tienen los deberes de: a) Respetar el&nbsp; ordenamiento jur\u00eddico del Estado; b) Actuar conforme a los objetivos y fines del Supremo&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Consejo; c) Asumir, salvo renuncia expresa, todo cargo o mandato que se les confiera,&nbsp; desempe\u00f1\u00e1ndose con celo y diligencia, de forma altruista y gratuita; d) Tratar con&nbsp; discreci\u00f3n y reserva, que no secretismo, los asuntos internos del Supremo Consejo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 14<\/strong>. 1) El Supremo Consejo regular\u00e1 a trav\u00e9s de sus reglamentos internos, las&nbsp; infracciones en que puedan incurrir sus miembros as\u00ed como las sanciones&nbsp; correspondientes y el procedimiento para su exigencia.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) Las sanciones podr\u00e1n ser calificadas de leves, graves y muy graves. Esta \u00faltima dar\u00e1 &nbsp; lugar, en cualquier caso y de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 11, a la &nbsp; expulsi\u00f3n el Supremo Consejo, del cual deber\u00e1 tener conocimiento la Asamblea General&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) Cuando el acuerdo de expulsi\u00f3n sea adoptado por el Consejo de Gobierno (Comisi\u00f3n &nbsp; Permanente), su efectividad ser\u00e1 inmediata, sin perjuicio de su ulterior conocimiento por &nbsp; la Asamblea General.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 15<\/strong>. 1) Los miembros del Supremo Consejo se agruparan y trabajaran, en&nbsp; funci\u00f3n de su grado, en los Talleres siguientes: 1) <strong>Logias de Perfecci\u00f3n<\/strong>, conocidos&nbsp; tambi\u00e9n como Sublimes Logias Capitulares de Perfecci\u00f3n, grado 4 al 14 del Rito&nbsp; Escoc\u00e9s, Antiguo y Aceptado; 2) <strong>Soberanos Cap\u00edtulos<\/strong>, grado 15 a 18 del Rito&nbsp; Escoc\u00e9s, Antiguo y Aceptado; Soberana Logia Capitular la, que a su vez confieren los&nbsp; grados 4 al 18; 3) <strong>Are\u00f3pagos<\/strong>, tambi\u00e9n conocidos como Asambleas o Consejos de&nbsp; Caballeros Kadosh o del \u00c1guila Blanca y Negra, grado 19 al 30 del Rito Escoc\u00e9s,&nbsp; Antiguo y Aceptado, que a su vez confieren los grados 19 al 30; 4) <strong>Soberanos Grandes&nbsp; Tribunales<\/strong>, grado 31 del Rito Escoc\u00e9s, Antiguo y Aceptado, que a su vez confiere el grado 31; 5) <strong>Consistorios<\/strong>, grado 32, que a su vez confiere el grado 32, y; o)&nbsp; <strong>Supremo Consejo del Grado 33\u00ba y \u00daltimo del Rito Escoc\u00e9s Antiguo y Aceptado <\/strong>(Supremo Consejo Soberano del Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina), que confiere el&nbsp; grado 33\u00ba del Rito Escoses Antiguo y Aceptado.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) Los anteriores grados se confieren previa autorizaci\u00f3n del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 16<\/strong>. La calidad de miembro regular de un Taller del Supremo Consejo implica&nbsp; las obligaciones siguientes: <strong>a) <\/strong>Para todo miembro de una Logia de Perfecci\u00f3n ser&nbsp; miembro activo de un Taller que trabaje bajo los auspicios de un Gran Oriente o de una&nbsp; Gran Logia que tenga Tratado de Mutuo Reconocimiento y Amistad; <strong>b) <\/strong>Para todo&nbsp; miembro de un Soberano Cap\u00edtulo ser miembro activo de una Logia de Perfecci\u00f3n del&nbsp; Supremo Consejo del Grado 33\u00ba para el Estado para la Rep\u00fablica Argentina; c) Para todo miembro de&nbsp; un Are\u00f3pago, ser miembro activo de un Soberano Cap\u00edtulo del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina. d) Para todo miembro de un Soberano Gran&nbsp; Tribunal ser miembro activo de un Are\u00f3pago del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina y, e) Para todo miembro de un Consistorio ser miembro activo de&nbsp; un Soberano Gran Tribunal del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 17<\/strong>. 1) Tanto los miembros como los talleres que trabajan bajo la jurisdicci\u00f3n del Supremo Consejo, disfrutan de la m\u00e1s amplia autonom\u00eda en su gesti\u00f3n administrativa,&nbsp; as\u00ed como de independencia en su trabajo mas\u00f3nico, con el \u00fanico limite de respetar las&nbsp; Grandes Constituciones de Berl\u00edn, revisadas por el Convento Universal de Supremos&nbsp; Consejos de 1875; los Usos y Costumbre de la Francmasoner\u00eda; y los Estatutos y&nbsp; Reglamentos Internos del Supremo Consejo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) No obstante lo anterior, los talleres no gozan de personalidad jur\u00eddica propia,&nbsp; correspondi\u00e9ndole est\u00e1 al Supremo Consejo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 18<\/strong>. 1) Los grados en los que trabaja el Supremo Consejo se corresponden con&nbsp; los grados 4, 14, 18, 30, 31, 32 y 33\u00ba del Rito Escocista y son conferidos por iniciaci\u00f3n;&nbsp; el resto de grados intermedios podr\u00e1n ser alcanzados por comunicaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) No obstante lo anterior, El El Supremo Consejo Grado 33\u00ba del R:. E:. A:. A:. para la Rep\u00fablica Argentina podr\u00e1 autorizar que se trabaje y se confieran por iniciaci\u00f3n los grados&nbsp; intermedios.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 19<\/strong>. En las exaltaciones a los distintos grados deber\u00e1n observarse los periodos&nbsp; de tiempo que, con car\u00e1cter m\u00ednimo, se indican a continuaci\u00f3n: a) Un a\u00f1o entre la&nbsp; iniciaci\u00f3n al grado de Maestro Mason (3) y la iniciaci\u00f3n al grado 4; b) Dos a\u00f1os entre la iniciaci\u00f3n al grado 4 y la iniciaci\u00f3n al grado 14; c) Un a\u00f1o entre la iniciaci\u00f3n al grado&nbsp; 14 y la iniciaci\u00f3n al grado 18; d) Un a\u00f1o entre la iniciaci\u00f3n al grado 18 y la iniciaci\u00f3n al&nbsp; grado 30. Sin periodo de tiempo entre las sucesivas iniciaciones a los grados 31, 32 y&nbsp; 33\u00ba. Lo anterior podr\u00e1 ser omitido en casos especiales con la aprobaci\u00f3n del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 20<\/strong>. 1) Las exaltaciones de grado deber\u00e1n ser motivadas por el m\u00e9rito y por la&nbsp; presentaci\u00f3n previa de un Trabajo de Arquitectura que se le asigne, el cual ser\u00e1&nbsp; apreciado discrecionalmente por El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, en base: <strong>a) <\/strong>La trayectoria francmas\u00f3nica del postulante propuesto por el&nbsp; Presidente de su Consejo Territorial o por un Soberano Gran inspector General; <strong>b) <\/strong>La&nbsp; ejecuci\u00f3n de trabajos mas\u00f3nicos entre los que, a t\u00edtulo enunciativo y no limitativo pueden&nbsp; ser: redacci\u00f3n de un trazado de arquitectura sobre un tema propuesto, exposici\u00f3n de&nbsp; una conferencia sobre temas francmas\u00f3nicos, participaci\u00f3n activa en trabajos a celebrar&nbsp; o que se celebren por comisiones, seminarios o actividades francmas\u00f3nicas del&nbsp; Supremo Consejo; <strong>c) <\/strong>Cualquier otra actividad juzgada equivalente, con car\u00e1cter&nbsp; discrecional, por Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) Para seguir con su apreciaci\u00f3n se podr\u00e1 optar por la petici\u00f3n de informes escritos o&nbsp; por el relato verbal de cualquier miembro del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>TITULO CUARTO<\/strong><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>*De la organizaci\u00f3n territorial&nbsp;<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 21<\/strong>. 1) El Supremo Consejo podr\u00e1 organizarse territorialmente en Consejos Territoriales de&nbsp; Logias Capitulares, los cuales coincidir\u00e1 con la divisi\u00f3n territorial preparada para la Rep\u00fablica Argentina.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) Los Consejos Territoriales, no gozan de personer\u00eda jur\u00eddica propia, tendr\u00e1n su sede &nbsp; en los lugares aprobados.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) El establecimiento de Consejos Territoriales necesitar\u00e1 la autorizaci\u00f3n del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina y para otorgarse ser\u00e1 necesario que&nbsp; en el \u00e1mbito territorial, se trabaje como m\u00ednimo en una Logia de Perfecci\u00f3n de grado 4 y&nbsp; en un Soberano Cap\u00edtulo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4) El Consejo inici\u00e1tico Superior, cuerpo consultivo del Supremo Consejo del\u00a0 Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina y el Consistorio, as\u00ed como el Soberano Gran Tribunal, radicar\u00e1n, \u00fanicamente en la ciudad donde se tenga fijado el domicilio la Supremo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Consejo<\/strong>.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 22<\/strong>. Los Consejos Territoriales agrupar\u00e1n las Logias de Perfecci\u00f3n, los&nbsp; Soberanos Cap\u00edtulos y los Are\u00f3pagos que, autorizados por El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, trabajan en el \u00e1mbito territorial de los mismos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>TITULO QUINTO<\/strong><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>De los \u00f3rganos y funcionamiento del Supremo Consejo&nbsp;<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 23<\/strong>. El Supremo Consejo se rige para su gobierno y administraci\u00f3n por los&nbsp; siguientes \u00f3rganos: <strong>a) <\/strong>La Asamblea General, en la que radica la soberan\u00eda del Supremo&nbsp; Consejo; <strong>b) <\/strong>El Supremo Consejo del Grado 33\u00ba y \u00daltimo del Rito Escoc\u00e9s Antiguo y&nbsp; Aceptado (<strong>Supremo Consejo del Grado 33\u00ba del Rito Escoc\u00e9s Antiguo y Aceptado para El Estado para la Rep\u00fablica Argentina<\/strong>), que es la m\u00e1xima autoridad mas\u00f3nica en el Rito&nbsp; Escocista, siendo las decisiones que se adopten en su seno y en materia mas\u00f3nica, inapelables; <strong>c) <\/strong>El Consejo de Gobierno (Comisi\u00f3n Permanente), que es el \u00f3rgano&nbsp; ejecutivo de gesti\u00f3n del Supremo Consejo y del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina y suple a la Asamblea durante el periodo inter-asambleas y al&nbsp; Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina en periodos inter-consejos;&nbsp; <strong>d) <\/strong>El Soberano Gran Comendador (Presidente del Supremo Consejo que es el nato de&nbsp; su Asamblea, as\u00ed como la m\u00e1xima autoridad del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina. y de su Soberano Consejo de Gobierno); e) Los Consejos&nbsp; Territoriales, que son la expresi\u00f3n de la desconcentraci\u00f3n y descentralizaci\u00f3n&nbsp; administrativa y mas\u00f3nica del Supremo Consejo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 24<\/strong>. 1) Los \u00f3rganos del Supremo Consejo se rigen en cuanto a su&nbsp; funcionamiento por el principio mayoritario. La mayor\u00eda, que es la mitad m\u00e1s uno, se&nbsp; calcular\u00e1 para qu\u00f3rum sobre el total de miembros del Supremo Consejo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) Para la toma de acuerdos, la mayor\u00eda se calcular\u00e1 sobre los miembros asistentes a la&nbsp; Asamblea o Logia.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) Estos Estatutos y los Reglamentos establecen, en cada caso, los qu\u00f3rum reforzados&nbsp; de constituci\u00f3n y funcionamiento de \u00f3rganos y los reg\u00edmenes especiales de votaci\u00f3n,&nbsp; determinando el r\u00e9gimen de votaciones.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4) El Soberano Gran Comendador, en su calidad de Presidente nato de todos los&nbsp; \u00f3rganos de gobierno del Supremo Consejo, decidir\u00e1 con voto de calidad en los casos&nbsp; de empate, salvo en las votaciones declaradas secretas en las que no existir\u00e1 el voto de&nbsp; calidad. En las Asambleas generales, el voto de calidad del Presidente actuar\u00e1&nbsp; solamente despu\u00e9s de efectuarse una segunda votaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 25<\/strong>. 1) La Asamblea General, \u00f3rgano supremo y soberano del Supremo&nbsp; Consejo, elegir\u00e1 su propia Mesa, salvo a su Presidente que lo ser\u00e1 el Presidente del Supremo Consejo y Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina; actuar\u00e1 con su propio Reglamento y sus acuerdos son de obligado cumplimiento para todos los miembros del Supremo Consejo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) La Asamblea General se compone: <strong>a) <\/strong>Del Presidente nato (Soberano Gran&nbsp; Comendador), del Secretario (Gran Secretario y Canciller), del Vocal Primero (Ministro&nbsp; de Estado, llamado tambi\u00e9n Gran Orador) y del resto del Mesa elegida por la Asamblea General, a propuesta de su Presidente y hasta un m\u00e1ximo de nueve miembros; <strong>b) <\/strong>De los&nbsp; Presidentes de todos los talleres de los que se compone el Supremo Consejo, que&nbsp; actuar\u00e1n como compromisarios territoriales natos; <strong>c) <\/strong>De los delegados compromisarios&nbsp; de los talleres bajo la jurisdicci\u00f3n del Supremo Consejo, elegidos por ellos en n\u00famero de&nbsp; uno por cada cinco miembros o fracci\u00f3n de cinco de su censo; d) De todos los miembros&nbsp; del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, los cuales no podr\u00e1n&nbsp; ser elegidos delegados compromisarios de los talleres.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) Cuando exista coincidencia entre la Presidencia de una Logia y la condici\u00f3n de&nbsp; miembro del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, s\u00f3lo ejercer\u00e1&nbsp; su voto como miembro del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4) La Asamblea General del Supremo Consejo podr\u00e1 reunirse en convocatoria ordinaria o extraordinaria. En ambos casos, esta se efectuar\u00e1 por convocatoria de su Presidente (Soberano Gran Comendador). Anualmente deber\u00e1 convocarse Asamblea Ordinaria en fecha cercana al 12 de marzo y no excederse del <strong>segundo trimestre del a\u00f1o <\/strong>y tantas Asambleas Extraordinarias como&nbsp; sean necesarias cuando as\u00ed lo estime oportuno el Presidente (Soberano Gran&nbsp; Comendador), se lo solicite la mayor\u00eda simple de los miembros efectivos del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, o m\u00e1s de tres Consejos Provinciales.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">5) La Asamblea General ser\u00e1 competente para: a) La elecci\u00f3n (ratificaci\u00f3n) del&nbsp; Presidente del Supremo Consejo (Soberano Gran Comendador); b) La elecci\u00f3n de su&nbsp; propia Mesa en las asambleas; c) Conocer la baja forzosa o expulsi\u00f3n de miembros del&nbsp; Supremo Consejo, por los motivos contenidos en los presentes Estatutos; d) La&nbsp; aprobaci\u00f3n del Presupuesto anual del Supremo Consejo, previamente aprobado&nbsp; por El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina; e) La aprobaci\u00f3n de las Cuentas Anuales del Supremo Consejo, previamente aprobadas por El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina. f) La disposici\u00f3n y enajenaci\u00f3n de&nbsp; sus bienes, recursos e inversiones, g) La modificaci\u00f3n de los Estatutos del Supremo&nbsp; Consejo, as\u00ed como la de sus Reglamentos internos, h) La disoluci\u00f3n del Supremo&nbsp; Consejo, i) El conocimiento y ratificaci\u00f3n en su caso, de los asuntos que en materia&nbsp; mas\u00f3nica afecten al Rito Escocista y que se hallen regulados por los Estatutos o por los&nbsp; Reglamentos, j) Cualquier asunto que el Presidente (Soberano Gran Comendador)&nbsp; estime oportuno someter a su consideraci\u00f3n o que as\u00ed sea decidido por la propia&nbsp; Asamblea, en este caso, previa declaraci\u00f3n de urgencia del asunto, con el voto favorable&nbsp; de los 4\/5 de los asistentes presentes.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">6) La ratificaci\u00f3n (elecci\u00f3n) del Presidente del Supremo Consejo que deber\u00e1&nbsp; siempre recaer en el Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 26<\/strong>. 1) El Supremo Consejo del\u00a0 Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, que\u00a0 estar\u00e1 compuesto por un n\u00famero m\u00ednimo de 9 miembros y un m\u00e1ximo de 33\u00ba, re\u00fane en\u00a0 su seno, por derecho propio, a todos los grados 33\u00ba del Supremo Consejo; se rige por su\u00a0 propio Reglamento y conoce, a trav\u00e9s de Decreto definitivo del Soberano Gran\u00a0 Comendador (Presidente) el gobierno de este, que estar\u00e1 compuesta por: <strong>a)<\/strong> Dos\u00a0 Soberanos Lugarteniente Gran Comendador (Vicepresidente primero y Vicepresidente segundo);\u00a0 <strong>b)\u00a0 <\/strong>Seis Secretar\u00edas desempe\u00f1adas por: Gran Orador; Gran Ministro de Estado; Gran Canciller; Gran Secretario; Gran Tesoro del Santo Imperio y Gran Diputado; <strong>c) <\/strong>Seis Vocal\u00edas desempe\u00f1adas por: Gran Arquitecto Revisor General; Gran Maestro de Ceremonia; Gran Hospitalario; Gran Experto; Gran Porta Estandarte; y Gran Bibliotecario y Archivero. De los cargos anteriores podr\u00e1n nombrarse adjuntos seg\u00fan dispongan los Reglamentos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) La duraci\u00f3n de su mandato ser\u00e1 la misma que la que rige para el Soberano Gran&nbsp; Comendador tres a\u00f1os. El nombramiento se efectuar\u00e1 por Decreto definitivo del&nbsp; Soberano Gran Comendador, del que se dar\u00e1 cuenta al Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina en la primera sesi\u00f3n que celebre despu\u00e9s de su&nbsp; promulgaci\u00f3n, debiendo prestar juramento o promesa de acatamiento a los Estatutos y&nbsp; Reglamentos del Supremo Consejo, a las Grandes Constituciones de Berl\u00edn, as\u00ed como de&nbsp; fidelidad al Soberano Gran Comendador y de guardar secreto de los deliberaciones del&nbsp; Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina. y de su Soberano Consejo&nbsp; de Gobierno, cumpliendo y haciendo cumplir sus acuerdos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) Los cargos de Dignatario o Gran Oficial del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina ser\u00e1n incompatibles con cualquier otro cargo en un Cuerpo&nbsp; Subordinado bajo la jurisdicci\u00f3n del Supremo Consejo. Dicha incompatibilidad no alcanza&nbsp; a los Presidentes de Cuerpos Subordinados ni a los adjuntos de Dignidades y Grandes&nbsp; Oficiales que se puedan crear en El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4) El Soberano Gran Comendador (Presidente) puede cesar discrecionalmente a&nbsp; cualquier Dignatario o Gran Oficial, en cuyo caso se deber\u00e1 proceder a su sustituci\u00f3n,&nbsp; por el procedimiento anterior, d\u00e1ndose cuenta del nombramiento en la primera reuni\u00f3n&nbsp; ordinaria que celebre El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">5) El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina. ser\u00e1 presidido por el&nbsp; Soberano Gran Comendador (Presidente) y en caso de ausencia, vacancia o&nbsp; enfermedad del mismo ser\u00e1 sustituido por el Primer Teniente Gran Comendador&nbsp; (Vicepresidente primero) y en defecto de \u00e9ste, por el Segundo Teniente Gran&nbsp; Comendador (Vicepresidente segundo).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">6) El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina se re\u00fane tres&nbsp; veces al a\u00f1o, una de las cuales deber\u00e1 hacerse preferentemente en el mes de octubre o&nbsp; noviembre con objeto de preparar la Asamblea General en los temas que afecten al Rito&nbsp; Escocista. Sus acuerdos se reflejar\u00e1n en actas, custodiadas bajo la responsabilidad del&nbsp; Gran Secretario y Canciller.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">7) Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina entender\u00e1: a) De&nbsp; todas las cuestiones que se refieran al Rito Escocista; b) De la redacci\u00f3n,&nbsp; mantenimiento, modificaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de los rituales de sus propios talleres y los de&nbsp; las logias simb\u00f3licas o azules bajo la Jurisdicci\u00f3n de los Grandes Orientes o Grandes&nbsp; Logias que tengan Tratado de Mutuo Reconocimiento y de Amistad con la Supremo&nbsp; Consejo; c) De la aprobaci\u00f3n de las exaltaciones a los diferentes grados en los que&nbsp; trabaja; d) De su gobierno y administraci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">8) Para el ejercicio de las funciones que se le encomiendan, el Soberano Gran\u00a0 Comendador (Presidente) podr\u00e1 crear comisiones \u00abad hoc\u00bb, las cuales, concluidos sus\u00a0 trabajos, se disolver\u00e1n autom\u00e1ticamente.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">9) El Soberano Gran Comendador designar\u00e1 encargados de la Supervisi\u00f3n de los Grados Simb\u00f3licos a autoridades de Grandes Logias; Grandes Orientes y \u00f3rdenes Masonicas, quienes ofician de Adjuntos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">10) El Soberano Gran Comendador (Presidente) est\u00e1 sometido a moci\u00f3n de censura.\u00a0 Tambi\u00e9n lo est\u00e1 en su calidad de presidente del Supremo Consejo. Durante los tres a\u00f1os\u00a0 de la Presidencia, s\u00f3lo se podr\u00e1 presentar una moci\u00f3n de censura y deber\u00e1 efectuarse a\u00a0 propuesta de un m\u00ednimo del 25% de los miembros del Supremo Consejo o del 50% de\u00a0 los soberanos grandes inspectores generales, debi\u00e9ndose formular la misma ante la\u00a0 Gran Secretaria y Canciller\u00eda, encontr\u00e1ndose esta obligada a convocar a la Asamblea\u00a0 General en un plazo no superior a las 72 horas, desde la formalizaci\u00f3n de la moci\u00f3n con\u00a0 un \u00fanico punto en el Orden del d\u00eda referido a la discusi\u00f3n y votaci\u00f3n, en su caso, de la moci\u00f3n de censura. Si esta fuera desfavorable para el Presidente, \u00e9ste cesar\u00e1 de inmediato y ejercer\u00e1 las funciones de Presidente (Soberano Gran Comendador), el\u00a0 Vicepresidente 1\u00b0 (Primer Teniente Gran Comendador) por el resto del mandato que vacare.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 27<\/strong>. 1) El Consejo de Gobierno (Comisi\u00f3n Permanente) actuar\u00e1 en su doble&nbsp; condici\u00f3n de: <strong>a) <\/strong>Como \u00f3rgano ejecutivo de gesti\u00f3n del Supremo Consejo inter asambleas. y; <strong>b) <\/strong>Como \u00f3rgano ejecutivo de gesti\u00f3n del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina&nbsp; durante el periodo inter-consejos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) El Consejo de Gobierno (Comisi\u00f3n Permanente), cuando act\u00fae como \u00f3rgano&nbsp; ejecutivo de gesti\u00f3n inter-asambleas, se compone de los Vicepresidentes (Tenientes&nbsp; Grandes Comendadores), del Secretario (Gran Secretario), del Canciller (Gran Canciller) y de los Vocales (Gran Orador; Ministro de Estado; Gran Tesorero del&nbsp; Santo lmperio y Gran Diputado). Cuando act\u00fae como \u00f3rgano ejecutivo de gesti\u00f3n del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, se compone de los cargos enumerados en el&nbsp; art\u00edculo 26.1).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) El Consejo de Gobierno (Comisi\u00f3n Permanente) se reunir\u00e1, previa convocatoria&nbsp; del Presidente (Soberano Gran Comendador). Sus acuerdos se reflejar\u00e1n en actas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4) El Consejo de Gobierno (Comisi\u00f3n Permanente), cuando act\u00fae como \u00f3rgano&nbsp; ejecutivo de gesti\u00f3n inter-asambleas, ser\u00e1 competente para: a) La administraci\u00f3n&nbsp; ordinaria del Supremo Consejo; b) La ejecuci\u00f3n de los acuerdos del Asamblea General;&nbsp; c) La organizaci\u00f3n, desarrollo y ejecuci\u00f3n de todas aquellas actividades que hubieren&nbsp; sido aprobadas por la Asamblea General.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">5) El Consejo de Gobierno (Comisi\u00f3n Permanente), cuando act\u00fae como \u00f3rgano&nbsp; ejecutivo de gesti\u00f3n inter-consejos, ser\u00e1 competente para: a) La administraci\u00f3n ordinaria&nbsp; del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina; b) La ejecuci\u00f3n de los acuerdos del&nbsp; Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina; c) La autorizaci\u00f3n de las actividades que en&nbsp; materia de Francmasoner\u00eda puedan organizar los Consejos Territoriales y las Logias del Supremo Consejo cuando estas requieran autorizaci\u00f3n expresa.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">6) El Consejo de Gobierno (Comisi\u00f3n Permanente) ser\u00e1 presidido por el Presidente&nbsp; (Soberano Gran Comendador), actuando el resto de sus cargos con las funciones que&nbsp; les son propias y que vienen recogidas en los presentes Estatutos o en los Reglamentos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">7) En caso de ausencia, vacante o enfermedad del Presidente (Soberano Gran&nbsp; Comendador), este ser\u00e1 sustituido por el Vicepresidente primero ( primer Teniente Gran&nbsp; Comendador) y, en defecto de \u00e9ste, por el Vicepresidente segundo (Segundo Teniente&nbsp; Gran Comendador).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 28<\/strong>. 1) El Presidente (Soberano Gran Comendador), \u00f3rgano unipersonal del Supremo Consejo y del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, es&nbsp; elegido (ratificado) conforme dispone el art\u00edculo 24.6) de estos Estatutos que, de&nbsp; conformidad con el mismo es propuesto por El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, de entre quienes ostenten el grado de Soberano Gran lnspector General; por un periodo de tres a\u00f1os pudiendo ser reelegido posteriormente, aunque si&nbsp; no es reelegido ostentara \u00abad vitam\u00bb el t\u00edtulo de Muy Poderoso Soberano Gran&nbsp; Comendador \u00abad honorem\u00bb y asistir\u00e1 en tal calidad, con voz pero sin voto de tal calidad,&nbsp; al Soberano Consejo de Gobierno y al Consejo inici\u00e1tico Superior. Lo anterior debe&nbsp; entenderse sin perjuicio de sus derechos y obligaciones como Soberano Gran lnspector&nbsp; General, miembro nato del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) No obstante lo anterior, si quedare vacante el cargo de Presidente (Soberano Gran Comendador), por fallecimiento de su titular, le sustituir\u00e1, por este orden y sin&nbsp; necesidad de elecci\u00f3n (ratificaci\u00f3n) por la Asamblea General, el Vicepresidente primero&nbsp; (Primer Teniente Gran Comendador) o, en defecto de \u00e9ste, el Vicepresidente segundo&nbsp; (Segundo Teniente Gran Comendador) por el resto del mandato, debi\u00e9ndose cubrir la&nbsp; vacante que se genere en la forma en que se prev\u00e9n estos Estatutos. Solo en este caso,&nbsp; el que viniese a ocupar el cargo de Presidente (Soberano Gran Comendador) podr\u00e1&nbsp; presentarse para un nuevo mandato.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) El Soberano Gran Comendador es el Presidente nato de la Asamblea General del&nbsp; Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.&nbsp; y de su Consejo de&nbsp; Gobierno (Comisi\u00f3n Permanente). As\u00ed mismo y por derecho propio, cuando realice visita&nbsp; de cortes\u00eda o visita de inspecci\u00f3n, lo ser\u00e1 de todos las Logias y Consejos Territoriales&nbsp; bajo la Jurisdicci\u00f3n del Supremo. Ostenta tambi\u00e9n la Presidencia nata del Consejo&nbsp; inici\u00e1tico Superior.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4) El Presidente (Soberano Gran Comendador) ostentara la representaci\u00f3n del&nbsp; Supremo Consejo y de sus \u00f3rganos de gobierno, tanto jur\u00eddica como extrajur\u00eddicamente, pudiendo ejecutar todas las funciones que no estando reservadas a la Asamblea General&nbsp; o a alg\u00fan otro \u00f3rgano del Supremo Consejo, son recogidas en el art\u00edculo 3.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">5) Los Vicepresidentes primero y segundo (Primer Teniente y Segundo Teniente&nbsp; Gran Comendador) tienen como funci\u00f3n la de sustituir al Presidente del Supremo&nbsp; Consejo (Soberano Gran Comendador), con iguales atribuciones y deberes en caso de&nbsp; ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otra circunstancia que as\u00ed lo requiera.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">6) El Secretario (Gran Secretario), tendr\u00e1 encomendada la redacci\u00f3n de&nbsp; las actas y la custodia de los Libros de Actas, dar\u00e1 fe de los acuerdos adoptados y librar\u00e1&nbsp; las certificaciones que sean necesarias tanto del Asamblea General como del resto de&nbsp; los \u00f3rganos del Supremo Consejo, salvo las referidas a los Consejos Territoriales en los&nbsp; que no ostenta la Secretar\u00eda de los mismos. Tendr\u00e1 a su cargo la confecci\u00f3n y&nbsp; mantenimiento del censo de miembros del Supremo Consejo y de sus expedientes personales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">7)&nbsp; El Canciller (Gran Canciller) tendr\u00e1 la responsabilidad de establecer relaciones con otros Supremos Consejos del Rito Escoc\u00e9s Antiguo y Aceptado; Supremos Consejos o Altos \u00d3rganos de Ritos Francmas\u00f3nicos y Organizaciones Mas\u00f3nicas de nivel internacional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">8) De los Vocales: a) el Gran Orador tiene como misi\u00f3n orientar y coordinar los trabajos de Logias Azules; b) el Ministro de Estado tiene encomendada la funci\u00f3n de&nbsp; guardar y hacer guardar, en los acuerdos que tomen los \u00f3rganos del Supremo Consejo, las Grandes Constituciones de Berl\u00edn y los Estatutos y Reglamentos del Supremo&nbsp; Consejo y, en tal condici\u00f3n, les ser\u00e1n sometidos a su parecer oral, antes de la adopci\u00f3n&nbsp; de cualquier acuerdo; c) el Gran Tesorero del Santo lmperio&nbsp; tendr\u00e1 encomendada: <strong>i) <\/strong>La direcci\u00f3n y llevanza de la contabilidad del&nbsp; Supremo Consejo; <strong>ii) <\/strong>La exacci\u00f3n y recaudaci\u00f3n de las capitaciones fijadas por el Supremo; <strong>iii) <\/strong>La custodia de los fondos del Supremo Consejo. La disposici\u00f3n de fondos&nbsp; se efectuara mediante la expedici\u00f3n de cheques nominativos o de transferencias \u00abad&nbsp; personam\u00bb contra cuenta corriente bancaria del que ser\u00e1 titular el Supremo Consejo.&nbsp; Para la disposici\u00f3n de fondos ser\u00e1 necesario que los cheques o las transferencias se&nbsp; firmen de forma indistinta por el Gran Tesorero del Santo&nbsp; lmperio y por el Presidente (Soberano Gran Comendador), pudi\u00e9ndose fijar&nbsp; discrecionalmente un l\u00edmite de disposici\u00f3n a partir del cual sea necesaria la firma&nbsp; conjunta; <strong>iv) <\/strong>La redacci\u00f3n de los presupuestos del Supremo Consejo, su liquidaci\u00f3n y la&nbsp; preparaci\u00f3n y redacci\u00f3n de las cuentas anuales; <strong>v) <\/strong>Las propuestas para el ejercicio de la&nbsp; beneficencia como Gran Hospitalario; el Gran Diputado tendr\u00e1 la responsabilidad de establecer relaciones con otros Supremos Consejos del Rito Escoc\u00e9s Antiguo y Aceptado; Supremos Consejos o Altos \u00d3rganos de Ritos Francmas\u00f3nicos y Organizaciones Mas\u00f3nicas de nivel nacional.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 29<\/strong>. 1) Los Consejos Territoriales, expresi\u00f3n de la organizaci\u00f3n territorial&nbsp; mas\u00f3nica del Supremo Consejo, se componen de los presidentes de los talleres de su \u00e1mbito territorial, eligiendo de entre sus miembros un presidente, un vicepresidente y un&nbsp; secretario. En caso de ausencia, vacante o enfermedad del Presidente, \u00e9ste ser\u00e1&nbsp; sustituido por el Vicepresidente.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) En caso necesario, apreciado discrecionalmente por El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, los Consejos Territoriales podr\u00e1n tener car\u00e1cter unipersonal.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) Si el Consejo Territorial fuera unipersonal, actuar\u00e1 como Presidente, nombrado&nbsp; por El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, un Soberano Gran&nbsp; Inspector General residente en el \u00e1mbito territorial del Consejo Territorial, en su defecto&nbsp; el que fuera presidente del Are\u00f3pago, Soberano Cap\u00edtulo o Logia de Perfecci\u00f3n, por este&nbsp; orden. Como secretario actuar\u00e1 el que lo fuere de los talleres reservados y por el orden&nbsp; establecido anteriormente.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4) Los Consejos Territoriales se re\u00fanen previa convocatoria de su presidente, como&nbsp; m\u00ednimo una vez al a\u00f1o, en el equinoccio de oto\u00f1o, con objeto de preparar la asamblea&nbsp; general del Supremo Consejo. Reflejaran sus acuerdos en actas y no necesitaran&nbsp; qu\u00f3rum alguno para celebrar reuniones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">5) Los Consejos Territoriales, que son el nexo de uni\u00f3n entre los Talleres y El&nbsp; Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, ser\u00e1n competentes para:&nbsp; a) Ejecutar, por delegaci\u00f3n de la Asamblea General o del Consejo de Gobierno&nbsp; (Comisi\u00f3n Permanente), los acuerdos que afecten a su \u00e1mbito territorial; b) Organizar y&nbsp; desarrollar todo tipo de actividades que en materia civil o francmas\u00f3nica estimen&nbsp; oportunas previa comunicaci\u00f3n y en su caso autorizaci\u00f3n, del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina o de su Consejo de Gobierno (Comisi\u00f3n&nbsp; Permanente); c) Ejecutar cualquier otra actividad que, acorde con los Estatutos o&nbsp; Reglamentos, le puedan solicitar los Talleres de su \u00e1mbito territorial o encargar El&nbsp; Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina o su Soberano Consejo de&nbsp; Gobierno; d) Captar, en nombre de los talleres de su \u00e1mbito territorial, las cuotas&nbsp; anuales, seg\u00fan sea aprobada por la Asamblea General y; e) Ser el portavoz de los talleres bajo su jurisdicci\u00f3n ante El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina y ante la sociedad civil.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 30<\/strong>. 1) El Consejo inici\u00e1tico Superior tiene la consideraci\u00f3n de cuerpo consultivo&nbsp; del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, estar\u00e1 compuesto por&nbsp; un n\u00famero m\u00e1ximo del duplo de miembros que ostenten el grado 33\u00ba del Supremo&nbsp; Consejo; re\u00fane en su seno por derecho propio, a todos los grados 31, 32 y 33\u00ba del&nbsp; Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina; se rige por su Reglamento&nbsp; interno y elige, de entre sus miembros, un vicepresidente y un secretario, siendo su&nbsp; Presidente nato el Soberano Gran Comendador que podr\u00e1 delegar de forma espec\u00edfica o&nbsp; de forma permanente tal Presidencia en un Soberano Gran lnspector General.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) En caso de ausencia, vacante o enfermedad del Presidente, le sustituir\u00e1 cuando&nbsp; no exista delegaci\u00f3n permanente del Soberano Gran Comendador, el Primer Teniente&nbsp; Gran Comendador (Vicepresidente primero) y, en defecto de este, el Segundo Teniente&nbsp; Gran Comendador (Vicepresidente Segundo).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) El Consejo inici\u00e1tico Superior se re\u00fane por convocatoria de su Presidente, un&nbsp; m\u00ednimo de una vez al a\u00f1o, en el Solsticio de Verano, con objeto de preparar la&nbsp; Asamblea General del Supremo Consejo. Sus acuerdos se reflejar\u00e1n enactas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4) El Consejo inici\u00e1tico Superior entender\u00e1 y ser\u00e1 competente para: a) Emitir toda&nbsp; clase de dict\u00e1menes con car\u00e1cter no vinculante que le solicite el Soberano Gran&nbsp; Comendador (Presidente) o que se acuerden solicitar en el seno del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina en materia del Rito Escocista y,&nbsp; especialmente, en lo que afecte a los rituales de los Talleres bajo la Jurisdicci\u00f3n del Supremo Consejo o a los de las Logias simb\u00f3licas o azules que act\u00faen bajo los&nbsp; auspicios de las Grandes Logias o Grandes Orientes con las que se tenga establecido&nbsp; Tratado de Mutuo Reconocimiento y de Amistad; b) Efectuar todo tipo de propuestas en&nbsp; materia del Rito Escocista que puedan afectar a los rituales de los Talleres bajo la&nbsp; jurisdicci\u00f3n del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina o a los de&nbsp; las Logias Simb\u00f3licas que act\u00faen bajo los auspicios de las Grandes Logias o Grandes&nbsp; Orientes con los que tenga establecido Tratado de Mutuo Reconocimiento y Amistad; c)&nbsp; Proponer al Soberano Gran Comendador (Presidente) la inclusi\u00f3n de puntos espec\u00edficos&nbsp; en el orden del d\u00eda de las reuniones de la Asamblea General del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina y del Consejo de Gobierno&nbsp; (Comisi\u00f3n Permanente), en materia de su competencia; d) Cualquier otra competencia&nbsp; que se determine en su Reglamento interno.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>TITULO SEXTO<\/strong><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>De la reforma de Estatutos, Presupuesto y disoluci\u00f3n&nbsp;<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 31<\/strong>. 1) La reforma de los Estatutos requerir\u00e1 acuerdo inicial por mayor\u00eda&nbsp; reforzada de 4\/5 de los miembros efectivos del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) La propuesta de modificaci\u00f3n se podr\u00e1 efectuar a iniciativa del propio Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina. o a petici\u00f3n de 4\/5 de&nbsp; Consejos Territoriales, debi\u00e9ndose acordar la petici\u00f3n de modificaci\u00f3n por la mayor\u00eda&nbsp; simple de talleres del Consejo Territorial.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) Aprobada la propuesta de modificaci\u00f3n por El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, esta pasar\u00e1 a informaci\u00f3n de todos los Talleres bajo la&nbsp; jurisdicci\u00f3n del Supremo Consejo por un periodo no superior ni ampliable a tres meses.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4) El Presidente (Soberano Gran Comendador) deber\u00e1 incluir en el orden del d\u00eda de&nbsp; la primera Asamblea ordinaria del Supremo Consejo la propuesta de modificaci\u00f3n. A&nbsp; dicha propuesta se deber\u00e1 unir de forma preceptiva, el informe del Gran Orador y el Ministro de Estado del Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, que deber\u00e1 recoger si las propuestas de modificaci\u00f3n se&nbsp; ajustan a las previsiones estatutarias y reglamentarias, a las Leyes civiles, a las Grandes&nbsp; Constituciones de Berl\u00edn, revisadas por el Convento Universal de Supremos Consejos de&nbsp; 1875 y a los Usos y Costumbres mas\u00f3nicos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">5) La Asamblea General, como \u00f3rgano supremo del Supremo Consejo, aprobar\u00e1 o&nbsp; denegar\u00e1 las modificaciones estatutarias propuestas con el voto de los 4\/5 de los&nbsp; miembros asistentes.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">6) Propuesta una modificaci\u00f3n estatutaria por El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina o por los Consejos Territoriales, no se podr\u00e1 proponer otra&nbsp; hasta tanto en cuanto no se elija nuevo Soberano Gran Comendador (Presidente).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 32<\/strong>. 1) El Supremo Consejo que no cuenta desde su fundaci\u00f3n, con bienes&nbsp; materiales o inmateriales ni capital fundacional, se nutre de las capitaciones (cuotas) que&nbsp; abonan sus miembros, seg\u00fan lo aprobado anualmente por la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) Anualmente y por mayor\u00eda simple de los asistentes, la Asamblea General&nbsp; aprobar\u00e1 el presupuesto de ingresos y gastos para el ejercicio, debi\u00e9ndose incluir en el&nbsp; mismo los donativos, aportaciones y subvenciones que hayan sido efectivamente&nbsp; concedidos y percibidos por la Tesorer\u00eda del Supremo Consejo. Cuando los donativos,&nbsp; aportaciones o subvenciones est\u00e9n afectadas a inversiones de capital, el proyecto de&nbsp; presupuesto deber\u00e1 explicitar y determinar su aplicaci\u00f3n afectada.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) Anualmente y por mayor\u00eda simple de los asistentes, la Asamblea General&nbsp; aprobar\u00e1 la liquidaci\u00f3n del presupuesto as\u00ed como las cuentas anuales del ejercicio,&nbsp; compuestas de un balance de situaci\u00f3n, una cuenta de p\u00e9rdidas y ganancias, un cuadro&nbsp; de origen y aplicaci\u00f3n de fondos y una memoria del ejercicio.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4) El ejercicio coincidir\u00e1 con el a\u00f1o natural y la llevanza de la contabilidad se&nbsp; ajustar\u00e1 al ordenamiento anual que comienza del 1ro. de Enero al 31 de Diciembre de&nbsp; cada a\u00f1o.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Art\u00edculo 33<\/strong>. 1) La disoluci\u00f3n del Supremo Consejo seguir\u00e1 los mismos tr\u00e1mites que los&nbsp; previstos para la reforma de sus Estatutos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) La Asamblea General que acuerde la disoluci\u00f3n, proceder\u00e1 al nombramiento de una&nbsp; comisi\u00f3n liquidadora compuesta por los miembros del Soberano Consejo de Gobierno del&nbsp; Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina. Esta comisi\u00f3n tendr\u00e1 por&nbsp; objeto liquidar los pasivos y, en caso necesario, realizar los activos, destin\u00e1ndose el neto&nbsp; patrimonial resultante a favor de fundaciones y\/o Supremo Consejos de car\u00e1cter no&nbsp; lucrativo, siempre que las mismas se encuentren dentro de los objetivos y fines generales&nbsp; del Supremo Consejo que se disuelve. El destino del neto patrimonial, propuesto por la&nbsp; comisi\u00f3n liquidadora, deber\u00e1 ser aprobado por la \u00faltima Asamblea General que celebre el Supremo Consejo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>D<\/strong><strong>ISPOSICIONES TRANSITORIAS<\/strong><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>PRIMERA<\/strong>. A fin de constituir definitivamente el presente Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, los Miembros Fundadores asumen los cargos del Consejo de Gobierno se realiza la Magna Ceremonia de Instalaci\u00f3n y se informa que el Cuadro de Oficiales del Supremo Consejo del Grado 33\u00ba para el R.\u00b7. E.\u00b7. A.\u00b7. A.\u00b7.: para la Rep\u00fablica Argentina qued\u00f3 constituido, bajo nombres simb\u00f3licos, de la siguiente forma:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Grandes Dignatarios (Consejo de Gobierno)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Presidente:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Soberano Gran Comendador: M.\u00b7.y I.\u00b7. P.\u00b7. H.\u00b7. Richard Da Silva 33\u00ba<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Vicepresidentes:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Soberano Lugarteniente Gran Comendador I\u00ba: I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Antonio Soto 33\u00ba<\/li>\n\n\n\n<li>Soberano Lugarteniente Gran Comendador II\u00ba: I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Bernardo de Monteagudo 33\u00ba<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Secretarios:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Gran Comendador Adjunto y Gran Orador: I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. J.J. Castelli 33\u00ba&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Gran Ministro de Estado: I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Nicol\u00e1s Maquiavelo 33\u00ba<\/li>\n\n\n\n<li>Gran Canciller: I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7.: Mar\u00eda de los Remedios Valle 33\u00ba<\/li>\n\n\n\n<li>Gran Secretario: I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Guadalupe Cuenca 33\u00ba<\/li>\n\n\n\n<li>Gran Tesoro del Santo Imperio:&nbsp; I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Elfiates de Atenas 33\u00ba<\/li>\n\n\n\n<li>Gran Diputado I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7.: Ceferino Pierantoni 33\u00ba<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Grandes Oficiales (Miembros del Supremo Consejo)<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Gran Arquitecto Revisor I: &nbsp; I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7.&nbsp; Frants\u2019isko de Miranda 33\u00ba<\/li>\n\n\n\n<li>Gran Maestro de Ceremonia: I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Lautaro Inaco San Mart\u00edn 33\u00ba<\/li>\n\n\n\n<li>Gran Hospitalario: I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Juan \u00c1lvarez 33\u00ba<\/li>\n\n\n\n<li>Gran Experto: I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Jos\u00e9 Artigas 33\u00ba<\/li>\n\n\n\n<li>Gran Porta Estandarte: I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Mariano Moreno 33\u00ba<\/li>\n\n\n\n<li>Gran Bibliotecario y Archivero: I.\u00b7. y P.\u00b7. H.\u00b7. Francisco de Miranda 33\u00ba<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>SEGUNDA<\/strong>. 1) Ser\u00e1n admitidos autom\u00e1ticamente y con pleno derecho todos los&nbsp; miembros que, perteneciendo a organizaciones mas\u00f3nicas amigas, acrediten estar en&nbsp; posesi\u00f3n de los grados 4\u00ba a 33\u00ba, los cuales se incorporar\u00e1n a los Talleres que les&nbsp; correspondan bajo los auspicios de los Consejos Territoriales previstos en los presentes&nbsp; Estatutos. La incorporaci\u00f3n autom\u00e1tica requerir\u00e1 la previa calificaci\u00f3n y cualificaci\u00f3n de&nbsp; sus t\u00edtulos mas\u00f3nicos por El Supremo Consejo del&nbsp; Grado 33\u00ba para la Rep\u00fablica Argentina, a trav\u00e9s de diligencia del Gran Orador y Ministro de Estado (Vocal primero)&nbsp; en el plazo de 30 d\u00edas desde su solicitud y remisi\u00f3n de documentaci\u00f3n, transcurrido el&nbsp; mismo sin calificaci\u00f3n de los t\u00edtulos aportados, se entender\u00e1n \u00e9stos v\u00e1lidos por silencio.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) Las peticiones de incorporaci\u00f3n se efectuar\u00e1n individualmente, sin fecha de&nbsp; caducidad para efectuarlas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3) Los miembros activos de otras organizaciones mas\u00f3nicas bien que no siendo&nbsp; activos en las mismas, soliciten la incorporaci\u00f3n, deber\u00e1n hacerlo de forma&nbsp; individualizada y deber\u00e1n acreditar fehacientemente el t\u00edtulo mas\u00f3nico por el que lo&nbsp; solicitan, debiendo ser aprobada tal solicitud por Supremo Consejo del Grado 33\u00ba para el R.\u00b7. E.\u00b7. A.\u00b7. A.\u00b7.: para la Rep\u00fablica Argentina,sin perjuicio de su ratificaci\u00f3n si as\u00ed se estableciera, por la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4)&nbsp; El acuerdo de admisi\u00f3n o denegaci\u00f3n deber\u00e1 producirse en un plazo no superior a tres meses desde su solicitud, debi\u00e9ndose motivar la denegaci\u00f3n&nbsp; de admisi\u00f3n. Contra la denegaci\u00f3n cabra escrito de apelaci\u00f3n del solicitante y deber\u00e1&nbsp; resolverlo la primera Asamblea General ordinaria que celebre la Supremo Consejo,&nbsp; siendo preceptivo y vinculante el informe del Gran Orador y del Ministro de Estado del Supremo Consejo del Grado 33\u00ba para el R.\u00b7. E.\u00b7. A.\u00b7. A.\u00b7.: para la Rep\u00fablica Argentina.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">5) Cuando la solicitud se efect\u00fae por miembros que <strong>no <\/strong>se hallen bajo la jurisdicci\u00f3n&nbsp; de una Gran Logia o de un Gran Oriente con los que se mantenga Tratado de Mutuo&nbsp; Reconocimiento y Amistad, o bien sean miembros de otro Supremo Consejo, la admisi\u00f3n&nbsp; quedara condicionada a que en el plazo de dos a\u00f1os, a partir de la comunicaci\u00f3n de&nbsp; admisi\u00f3n, se regularice su situaci\u00f3n mas\u00f3nica de pertenencia a una Obediencia con la&nbsp; que se mantenga Tratado de Mutuo Reconocimiento y Amistad o instrumento equivalente.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>TERCERA<\/strong>. 1) Cuando la solicitud de ingreso en el Supremo Consejo se efect\u00fae por un&nbsp; taller que trabajando en Talleres de Perfecci\u00f3n (grado 4 a 14), en Soberano Capitulo&nbsp; (grados 15 a 18), en Are\u00f3pago (grado 30), en Soberano Gran Tribunal (grado 31) o en&nbsp; Consistorio (grado 32), no pertenezca a el Supremo Consejo, esta se har\u00e1 a trav\u00e9s de&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">petici\u00f3n expresa del Presidente del taller, acompa\u00f1ada de certificaci\u00f3n expedida por el&nbsp; Secretario Guardasellos, en la que deber\u00e1 constar el acuerdo literal de petici\u00f3n para&nbsp; trabajar bajo la jurisdicci\u00f3n del Supremo Consejo del Grado 33\u00ba para el R.\u00b7. E.\u00b7. A.\u00b7. A.\u00b7.: para la Rep\u00fablica Argentina, adjunt\u00e1ndose a la misma copia certificada del carta patente otorgada por el&nbsp; Supremo Consejo al que estuviere adscrito anteriormente. El acuerdo de admisi\u00f3n o&nbsp; denegaci\u00f3n deber\u00e1 producirse en un plazo no superior a tres meses desde su solicitud y&nbsp; remisi\u00f3n de documentaci\u00f3n, debi\u00e9ndose motivar la denegaci\u00f3n de admisi\u00f3n. Contra la&nbsp; denegaci\u00f3n cabra escrito de los solicitantes y deber\u00e1 resolverla la primera Asamblea&nbsp; General Ordinaria que celebre el Supremo Consejo, siendo preceptivo y vinculante el&nbsp; informe del Gran Orador y del Ministro de Estado del Supremo Consejo del Grado 33\u00ba para el R.\u00b7. E.\u00b7. A.\u00b7. A.\u00b7.: para la Rep\u00fablica Argentina.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2) En caso de admisi\u00f3n, el taller conservar\u00e1 la misma denominaci\u00f3n que acredit\u00f3 en la&nbsp; documentaci\u00f3n de solicitud y \u00fanicamente se le asignar\u00e1 el n\u00famero distintivo que le&nbsp; corresponda.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>DISPOSICIONES ADICIONALES<\/strong><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>PRIMERA<\/strong>. El uso de la denominaci\u00f3n \u00ab<strong>Supremo Consejo Grado 33\u00b0 del R:. E:. A:. A:. para la Rep\u00fablica Argentina<\/strong>\u00ab, denominaci\u00f3n que&nbsp; deriva de las Grandes Constituciones de Berl\u00edn, revisadas por el Convento Universal de&nbsp; Supremos Consejos reunidos en Lausanne (Confederaci\u00f3n Helv\u00e9tica) en su sesi\u00f3n de&nbsp; 22\/09\/1875. Como cuerpo del Magno Colegio de Ritos Francmas\u00f3nicos y miembro de la Alianza Mas\u00f3nica de la Rep\u00fablica Argentina&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>SEGUNDA<\/strong>. Los periodos de tiempo que para aumento de salario se establecen en el&nbsp; art\u00edculo 18 de los Estatutos, podr\u00e1n ser reducidos por acuerdo discrecional del <strong>Supremo Consejo Grado 33\u00b0 del R:. E:. A:. A:. para la Rep\u00fablica Argentina<\/strong>, siendo necesaria la mayor\u00eda simple&nbsp; de los miembros asistentes.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>TERCERA<\/strong>. La redacci\u00f3n del Reglamento deber\u00e1 ajustarse a los Estatutos del Supremo&nbsp; Consejo, a las Grandes Constituciones de Berl\u00edn y a los Usos y Costumbres de la Francmasoner\u00eda. En defecto de lo anterior se podr\u00e1 acudir, para su redacci\u00f3n, como&nbsp; fuente de derecho mas\u00f3nico, a las Constituciones de Anderson de 1723.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>CUARTO<\/strong>. Los Estatutos, fueron aprobados por los \u00f3rganos del Supremo Consejo, con&nbsp; las denominaciones y fechas siguientes: a) Reglamento del <strong>Supremo Consejo Grado 33\u00b0 del R:. E:. A:. A:. para la Rep\u00fablica Argentina<\/strong>, aprobado por la Asamblea Constitutiva de fecha Marzo&nbsp; 12, 2020 (a\u00f1o mas\u00f3nico 6020)&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>DISPOSICIONES FINALES&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>PRIMERA<\/strong>. La interpretaci\u00f3n de los Estatutos del Supremo Consejo se ajustar\u00e1 a su&nbsp; articulado y, adicionalmente, se ajustara a las Grandes Constituciones de 1786 (tambi\u00e9n llamadas de Berl\u00edn o de Federico El Grande), revisadas por el Convento&nbsp; Universal de Supremos Consejos reunidos en Lausanne (Confederaci\u00f3n Helv\u00e9tica), en&nbsp; su sesi\u00f3n de 22\/09\/1875, as\u00ed como al resto de Usos y Costumbres del Francmasoner\u00eda&nbsp; y en defecto de las mismas, como fuente de Derecho mas\u00f3nico, por las Constituciones&nbsp; de Anderson (1723) y pautas de regularidad, usos y costumbres mas\u00f3nicas aceptadas por consenso.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>SEGUNDA<\/strong>. Los presentes Estatutos entrar\u00e1n en vigor el d\u00eda siguiente de su aprobaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Dado en el Campamento del <strong>Supremo Consejo Grado 33\u00b0 del R:. E:. A:. A:. para la Rep\u00fablica Argentina<\/strong> y en el mismo Zenit, en Marzo 12, del a\u00f1o seis mil veinte de la Verdadera Luz, que se corresponde en Marzo, del a\u00f1o dos mil&nbsp; veinte de la Era vulgar.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Universi Terrarum Orbis Architectonis Ad Gloriam Ingentis Supremo Consejo Grado 33\u00b0 del R:. E:. A:. A:. para la Rep\u00fablica Argentina Magno Colegio de Ritos Francmas\u00f3nicos Alianza Mas\u00f3nica de la Rep\u00fablica Argentina FUNDADO EN MARZO 12 DEL A\u00d1O 2022 (e:. v:.) 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