Magno Colegio de Ritos Francmasónicos

La Gran Logia Regular Argentina por la Igualdad y Libertad de la Humanidad se rige bajo un Magno Colegio de Ritos Francmasónicos que dirige la elaboración de Rituales de los tres primeros grados impartidos por las Logias Regulares de la Orden y los cuerpos de ritos que participan en forma confederativa en el Colegio.

El Magno Colegio de Ritos Francmasónicos está bajo la personería jurídica de la Academia de Altos Estudios Filosóficos y Simbólicos en el ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL: TITULO IX: MAGNO COLEGIO DE RITOS FRANCMASÓNICOS.- ARTÍCULO 21°: El Magno Colegio de Ritos Francmasónicos es el órgano encargado de armar la propuesta de planificación de formación, acreditación y ascenso de los contenidos referidos a los Ritos Francmasónicos y sus respectivos Planes y Grados de Estudio.

Personeria Jurídica Res. IGJ: 1323 / ACAAFS N° 2585/3AC

Templo Virtual

Cuenta con un Templo Virtual donde desarrolla sus actividades de capacitación, formación y reflexión.

https://granlogiaregularargentina.org/grantemplovirtual/

Reglamento 

1. Encuadre

1.1. Este Reglamento del Magno Colegio de Ritos Francamasónicos (Magno Colegio) se dicta en el marco de los Estatutos de la Asociación Civil “Academia de Altos Estudios Filosóficos y Simbólicos” (Academia) y, por lo tanto, le son propias todas las disposiciones de carácter general que regulan la actividad de la Institución, según artículo 26 del mismo, con Personería Jurídica Res. IGJ: 1323 / ACAAFS N° 2585/3AC.

1.2. Mediante el cumplimiento de las disposiciones de éste Reglamento, se propenderá a crear junto a la Academia las condiciones administrativas, educativas y metodológicas que aseguren el correcto desenvolvimiento de las actividades de formación en Ritos Francmasónicos del Magno Colegio.

2. Organización y metas

2.1. Asociación Civil Academia Altos Estudios Filosóficos y Simbólicos, quien designará un Director. La Comisión Directiva de la Academia podrá decidir la designación de uno o más Coordinadores, quienes dependen o bien del Director del Magno Colegio o directamente de la Comisión Directiva, en caso de que este cargo se encuentre vacante.

2.2. El Director y/o Coordinadores estarán a cargo de los aspectos referidos a la gestión de los Ritos Francmasónicos, como también del apoyo y evaluación simbólica, filosófica y metodológica de las labores masónicas. 

2.3 La Comisión Directiva de la Asociación Civil Academia de Altos Estudios Filosóficos y Simbólicos en acuerdo con el Magno Colegio de Ritos Francmasónicos elaborarán un Presupuesto para su funcionamiento, fijando contribuciones de miembros, aranceles de acreditaciones y costos de actividades.

2.4 La Comisión Directiva de la Asociación Civil Academia de Altos Estudios Filosóficos y Simbólicos proveerá al Magno Colegio de Ritos Francmasónicos los recursos necesarios para su funcionamiento.

2.5. El Magno Colegio de Ritos Francmasónicos se encargará de articular las propuestas de trabajo que surjan de las Altas Autoridades de los Cuerpos Masónicos adheridos de acuerdo con los campos de contenido definidos como prioritarios por las Academia y las autoridades Masónicas involucradas en los procesos. Tendrá a su cargo, también, la formulación de propuestas de vinculación entre los participantes de los distintos proyectos y el resto del Magno Colegio.

3. Incumbencias y actividades

3.1.El Magno Colegio propondrá a la Academia los requisitos, acordados oportunamente con los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos, para el desarrollo de labores de los mismos, cuya dirección deberá estar a cargo de Altas Autoridades reconocidas o acreditadas por este Magno Colegio.

3.2. Entre los mencionados requisitos los Cuerpos Masónicos involucrados tendrán que actualizar un listado de temas prioritarios cómo Plan de Estudio que si bien pueden no ser taxativos, ponen de manifiesto los intereses primordiales de cada Orden o Rito a desarrollar.

3.3. El Magno Colegio consultará a la Academia acerca de la viabilidad financiera de cada Plan de Estudio para que puedan ser llevados a cabo satisfactoriamente en el marco del Presupuesto aprobado.

3.4. El Director y/o Coordinador/es del Magno Colegio darán asesoramiento metodológico a los Directores de los Planes de Estudio aprobados, como así también a miembros que estén interesados en la elaboración de Planes de Estudio.

3.5. El Magno Colegio tendrá a su cargo la elaboración y revisión de los estándares de evaluación de los planes de estudio, del proceso y de las labores desarrolladas (Planchas o Balaustres). En el caso de la evaluación de Planes de Estudios, facilitará a los evaluadores los criterios considerados relevantes para su aprobación. En cuanto a la evaluación del proceso, se llevará a cabo a partir de las acciones que desarrollen los involucrados y que se explicitan entre las responsabilidades que éstos tienen asignados, luego de aprobado el Plan de Estudios.

3.6. La evaluación del Informe final estará a cargo de al menos dos evaluadores externos, miembros del comité evaluador de los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos.

3.7. El Magno Colegio contribuirá al proceso de categorización de los involucrados de todos los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos adheridos, facilitando los procedimientos que se estipulen a tales efectos.

3.8. El Magno Colegio brindará apoyo a todos los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos que tengan Planes de Estudio, debidamente aprobados, a los efectos de facilitar la inclusión de Eslabones como Miembros de los mismos. En ese sentido, propiciará la comunicación, por distintas vías, de los diferentes Planes en vigencia, y de las tareas específicas que se demandan de Miembros en el marco de la intención de formarlos en sus acreditaciones de Grados Simbólicos y Filosóficos, atentos a los Planes de Estudios Aprobados.

4. Articulación con distintas instancias de los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos 

4.1. El Magno Colegio, en su relación con distintos actores dentro de los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos, llevará a cabo diferentes tareas:

4.1.1. Coordinará, en conjunto con los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos, las actividades de los coordinadores a cargo de Ritos.

4.1.2. Prestará apoyo a los coordinadores para la incorporación de miembros a las actividades promovidas por los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos.

4.1.3. Mantendrá informados a los los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos acerca de los avances de los Planes de Estudios de los respectivos cuerpos masónicos.

4.1.4. Elaborará, en conjunto con los Coordinadores y con los responsables que los los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos herramientas para la formación y aprendizajes de los Planes de Estudio.

4.1.5. Trabajará, conjuntamente la Academia y los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos, en la formación continua de tutores y evaluadores de Planchas y Balaustres.

4.1.6. Aportará a los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos el apoyo técnico y de gestión que éstos le soliciten en el marco de los Planes de Estudio que lleven a cabo.

5. Auspicio de Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos.

5.1. Los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos que quieran tener el Auspicio del Magno Colegio deberán solicitarlo por nota al Director, con descripción de Organización y Miembros; además de Carta Patente o Tratados que posea. La Carta de Intención implica aceptar el presente Reglamento y Estatuto de la Academia.

5.2 Una vez aprobado el Auspicio, los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos elaborarán un Plan de Estudio y Cronograma de Trabajo a desarrollar que será elevado al Magno Colegio para su evaluación.

5.3. Los Planes de Estudio serán presentados ante un comité evaluador designado por la Academia a propuesta del Magno Colegio en acuerdo con Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos y/o en los que se encuentren insertos en cada caso. Dicho comité evaluador estará integrado por al menos un evaluador externo al Magno Colegio.

5.4. Por otra parte, El Magno Colegio conjuntamente con las autoridades que designe cada uno de los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos y el Magno Colegio entre lo integrantes de sus Altas Autoridades elaborarán los criterios para la evaluación de distintos Planes de Estudio como también su articulación en Rituales (Programas).

5.5. Serán las Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos, los que formularán los documentos Ritualisticos, Filosóficos y Simbólicos en consulta con sus comunidades de Masónicas, quienes tendrán pertenencia a los mismos, abocados al cumplimiento de dicha función.

5,6. Serán los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos quienes ejecutarán el Cronograma de Trabajo propuesto y acreditarán ante el Director la aprobación de las acciones realizadas.

6. Reconocimientos, Evaluaciones y Acreditaciones.

6.1. El Magno Colegio tiene como misión Reconocer, Evaluar y Acreditar conocimientos en Ritos Francmasónicos a solicitud de los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos.

6.2. Dicho procedimiento será bajo el requisito establecido por el Plan de Estudios y Cronograma de Trabajo, bajo el cumplimiento de requisitos descripto en los mismos.

6.3. Toda acreditación de Grados o Funciones debe tener cómo mínimo la aprobación de 3 (tres) evaluadores de Grado o Funciones superiores.

7. Política editorial

7.1. El Magno Colegio contribuirá al desarrollo de la política editorial de la Academia.

7.2. El Magno Colegio asegurará la difusión de los productos surgidos de las tareas de los Altos Cuerpos, Grandes Logias y otros cuerpos masónicos y tendrá a su cargo la definición de la estrategia más conveniente.